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Circular: Dirección de Seguridad Integral
Autor: Dirección de Seguridad Integral
Fotógrafo: Dirección de Seguridad Integral

DIRECCION DE SEGURIDAD INTEGRAL

UNELLEZ

 

CIRCULAR

 

La Dirección de Seguridad Integral y Física de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “EZEQUIEL ZAMORA” (UNELLEZ), informa a todos  los Vicerrectores, Directores, Coordinadores, Jefes de Unidad, Docentes, Trabajadores, Estudiantes y Comunidad en General, que a partir de la presente fecha; serán efectuadas por el personal adscrito a esta Dirección y en base a las directrices que esta última emane; las Normativas de Seguridad Integral que garanticen el resguardo y vigilancia interna a todo el patrimonio, bienes mueble e inmuebles y personas que se encuentren dentro del Campus Universitario. Normas que regirán en su aplicación y consecuentemente ejecución; permitiendo así establecer mecanismos de control y supervisión en las labores inherentes a esta Dirección.

Tal axioma, se ve fundamentado en lo dispuesto en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, referente a los Derechos Humanos, Garantías y Deberes, sumado al decreto presidencial Nº 4160, de fecha 13 de marzo del corriente año, aunado a los principios que rigen el buen funcionamiento de la Administración Pública, consagrados en la Ley Orgánica de la Administración Pública, y en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento General de la UNELLEZ; a saber y por disposición se implementa con carácter obligatorio las normas que a continuación se señalan:

 

NORMATIVAS DE SEGURIDAD INTEGRAL QUE GARANTIZAN EL

RESGUARDO, VIGILANCIA, CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL CAMPUS UNIVERSITARIO.

  • Los trabajadores sin excepción y/o Estudiantes de esta Casa de Estudios, están obligados a prestar la mayor colaboración, a todo el personal adscrito a este Órgano de Seguridad, que se encuentre en el ejercicio de sus funciones, en el marco de la corresponsabilidad y la solidaridad del bienestar social.
  • Todo el personal adscrito a la Dirección de Seguridad Integral, en el ejercicio de sus funciones deben informar y exhortar a su ingreso a la comunidad universitaria acerca de las medidas de bioseguridad; por lo que estos últimos quedan constreñidos en portar el USO OBLIGATORIO DEL TAPABOCA, GUANTES, LENTES y cualquier otro implemento que contribuya a la disminución del VIRUS (COVID19).
  • Al ingresar y egresar de la Institución, quedan obligados todos los miembros de la comunidad Unellista y terceros ajenos a esta, a cumplir y respetar los protocolos de seguridad, inspección personal y vehicular (visual) que efectúe el personal de seguridad.
  • Queda prohibido el ingreso y porte de cualquier tipo de arma, dentro de la UNELLEZ.
  • Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
  • Se prohíbe  la pesca, la caza y la tala.
  • Queda prohibido a todos los trabajadores sin excepción y estudiantes en general, la realización de juegos de azar dentro del recinto universitario.
  • Se prohíbe el acceso de vendedores ambulantes y temporales.
  • La UNELLEZ, no se hace responsable por la ocurrencia de hechos punibles o cualquier otro siniestro en vehículos, luego de culminada la jornada laboral, salvo notificación anticipada a la Dirección de Seguridad por la realización de trabajos extraordinarios; siempre que dicho bien se encuentre en las áreas permitidas y destinadas para su permanencia.
  • Es obligatorio para  todas y todos, el cumplir con las señalizaciones y la posición de salida de los vehículos que parqueados en los estacionamientos.
  • Están obligadas en notificar al  personal de seguridad, todas las Direcciones centralizadas y descentralizadas, que requieran ejecutar cualquier trabajo extra, fuera del horario laboral.
  • Es obligatorio, por parte del personal de seguridad, en hacer entrega de una credencial, a terceros no pertenecientes a la comunidad Unellista (trabajadores y/o estudiantes), que ingrese a la universidad y es obligación del receptor devolverla a su egreso.
  • Es obligatorio, por parte del personal de seguridad, llevar a cabo un registro del ingreso de personas ajenas a la UNELLEZ, y en esta se detallaran, los datos personales y el espacio físico al cual se dirige.
  • Es obligación del personal de seguridad, organizar, controlar y entregar un ticket o credencial, a los vehículos y motos, parqueados en los estacionamientos de la UNELLEZ.    
  • En cuanto al ingreso y egreso de bienes muebles, es obligatorio presentar  oficio o planilla de autorización, debidamente  sellado y firmado por la Dirección  de Bienes Nacionales, el cual quedará  asentado en el libro de novedades llevados por el personal de Seguridad.
  • Es obligatorio notificar al personal de seguridad, para que este implemente las medidas de seguridad, cuando se estime realizar el mantenimiento o reparaciones de maquinarias, equipos, aulas, oficinas, o cualquier otro bien.
  • Es obligación del oficial de seguridad, prohibir el ingreso de vehículos taxis, y moto taxi; así como restringir el exceso de velocidad vehicular dentro del recinto universitario.
  • Es obligación de todas las Autoridades Universitarias; así como Directores, Coordinadores y Jefes de Unidad en notificar y orientar al personal que tengan a cargo, acerca del deber de cumplir las presentes normativas, para garantizar la paz, la igualdad, la solidaridad y la corresponsabilidad.

 

 

JOSÉ GREGORIO SUAREZ JIMENEZ

DIRECTOR DE SEGURIDAD INTEGRAL DE LA UNELLEZ

Designación Según Orden Rectoral Nº R/0576/06/2020

Fecha: 10 de Junio de 2020

CENTRAL
19-10-2020