El Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI), es una unidad de producción Agrícola y Agroindustrial. Tiene la responsabilidad de contribuir con la investigación, desarrollo e innovación de los procesos para el desarrollo e investigación en materia de Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial procedentes de la academia, la docencia, la creación intelectual y la vinculación socio comunitaria del Vicerrectorado de Infraestructura y Procesos Industriales, de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”. Como está vinculado con los estudios de la gestión ambiental y desarrollo industrial, constituye una organización que dentro de sus objetivos generales, contempla el desarrollo de manera corresponsable y participativa de la región el cual tributa a toda la geografía de la República Bolivariana de Venezuela llanera de Venezuela.
El Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI) persigue el desarrollo Industrial, entendiendo esto como un reto de vital importancia para la producción y procesamiento de las materias primas de diverso origen (vegetal, animal, mineral y fósil) hacia la transformación de bienes de consumo; esto trae consigo el uso de avances tecnológicos que de una u otra manera repercuten en la salud de los seres humanos y de todo ser viviente, por ende en el ambiente. Nace para promover la producción a través de un desarrollo Industrial amigable con el ambiente que lo haga sostenible y sustentable, más cuando la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora” (UNELLEZ) realiza esfuerzos, dirigidos hacia la formación para la producción de alimentos desde las diversas carreras que se dictan en la sede del Vicerrectorado de Infraestructura y Procesos Industriales y en el área de postgrado de dicha sede. La UNELLEZ dispone de un conjunto de normas y reglamentos que constituyen el soporte jurídico, académico y administrativo para la conformación de Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI); entre esos instrumentos se encuentra el Reglamento del Sistema de Creación Intelectual aprobado mediante resolución del Consejo Directivo Nº CD 2018/186, de fecha 31-05-2018 Acta Nº 1163, Punto Nº 04. Del mismo modo se cimienta en los artículos 110, 229 y 305 de la CRBV (1.999). Por otro lado, la creación del Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI), se enmarca en los lineamientos de Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2019-2025, (Plan de la Patria) Objetivo Histórico No. 5: Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. Así mismo, el Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI), se sustenta en el Decreto 6.071 con rango, valor y Fuerza de Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria (Extraordinario 5.889 de la Gaceta Oficial, 31 de Julio de 2008) en sus artículos 10, 94, y 95.
El Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI) está conformado por un grupo interdisciplinario y transdisciplinario de investigadores con amplia experiencia, lo que garantiza la investigación científica y su respectiva publicación y difusión a nivel de revistas, libros, y eventos científicos. Además, responde en la eficacia de ejecutar proyectos relacionados con el área de Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial con una serie de especialistas en esta materia, para ejecutar, de forma oportuna, la labor de docencia, vinculación socio comunitario, creación intelectual, asesorías, consultorías y de servicios en pro del estado y la nación.
El responsable debe estar adscrito al Centro de Creación Intelectual para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Industrial (CCIGADI) y ser un(a) investigador(a) activo(a) en el área de conocimiento o afín, quien deberá tener título en estudios avanzados. Además, ser miembro de la comunidad unellecista a tiempo completo y estar vinculado al Sistema de Creación Intelectual o a algún programa de reconocimiento o registro de investigadores, nacional o internacional. Asimismo, debe tener al menos tres (03) productos de Creación Intelectual en alguna línea de las que considera dicho Centro.