COORDINACIÓN CENTRAL DE CONTABILIDAD
DESCRIPCIÓN
Es la encargada de verificar, actualizar, analizar, resguardar y presentar informes de las diferentes operaciones financieras que se generan en las distintas Jefaturas, Coordinaciones, Vice-Rectorados de Área y Núcleos que integran los procesos que afectan el patrimonio de la Institución. De igual forma dar repuesta a los organismos que solicitan información referente a la situación financiera de la organización.
Para cumplir con los objetivos, la Coordinación de Contabilidad está facultada por la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en su Título V que refiere al Sistema de Contabilidad Pública, en sus artículos del 121 al 125, que hacen referencia a los principios, normas y procedimientos técnicos que permiten valorar, procesar y exponer los hechos económicos y financieros que afectan y pueden afectar el patrimonio de la República y sus entes descentralizados, permitiendo el registro, producción, presentación y suministro de la situación financiera de la Institución.
Asimismo, el Reglamento N° 4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema de Contabilidad Pública, en sus Artículos 2 y 3, define las directrices a seguir en los procesos contables y financieros de la Universidad.
Estará bajo la responsabilidad de un Coordinador (a) designado y removido por el Rector (a) de la UNELLEZ, previa consulta con el Director (a) y Vice-Rector (a) de Área, quien deberá ser Licenciado en Contaduría o el equivalente, con Maestría en el área de Planificación, Finanzas o Gerencia Pública, con tres (3) años de experiencia progresiva en los niveles: operativo, supervisorio y estratégico en los procesos contables como en la gestión de recursos, bienes y servicios dentro de la institución.
OBJETIVO GENERAL
Garantizar la exactitud de los saldos de las cuentas que conforman los estados financieros de la Institución, a fin de suministrar de manera eficiente y confiable la información resultante de los registros contables.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1) Cumplir con los objetivos facultada por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, en su título V que refiere al sistema de Contabilidad Pública, en su artículos del 121 al 125 que hacen referencia a los principios, normas y procedimientos técnicos que permitan valorar, procesar y exponer los hechos económicos y financieros que afectan y pueden afectar el patrimonio de la República y sus entes descentralizados, permitiendo el registro, producción, presentación y suministro de la situación financiera de la Institución.
2) Definir las directrices a seguir en los procesos contables y financieros de la Universidad Reglamento Nº4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del sector Publico sobre el sistema de contabilidad Pública, en sus Artículos 2 y 3.
ATRIBUCIONES
El Coordinador Central de Contabilidad tendrá las siguientes atribuciones:
1) Verificar y actualizar los comprobantes contables elaborados en los subsistemas de ordenación de pago y tesorería.
2) Efectuar el análisis de las distintas cuentas que conforman los estados financieros de la institución, velando porque en los mismos se refleje la realidad de las transacciones realizadas.
3) Elaborar y presentar de manera oportuna la información financiera de acuerdo con las leyes, normas y procedimientos vigentes establecidos.
4) Informar al personal de la dependencia acerca de las políticas, normas y procedimientos y decisiones de carácter administrativo.
5) Supervisar y evaluar al personal a su cargo.
6) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza del cargo.